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Demandado:
Fuero Militar
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Demandado:
Quincuagésimo Sexto Juzgado Penal de Lima
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Demandado:
Clínica Instituto Oncológico Miraflores
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Demandado:
Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Demandado:
Aristocrat Technologies INC
Aristocrat International PTY Limited
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Su búsqueda: arrojó 37 resultados.
13/02/2008
El cobro excesivo o desproporcionado por la reproducción de la información solicitada, puede constituirse como un límite al libre y pleno ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Las entidades públicas deben incluir en su TUPA un valor que refleje únicamente el costo de obtención de las copias de la información y que tenga como referente los precios de mercado.
Etiquetas:
Costos de reproducción
Corte de origen:
Corte de Huánuco
Instancia:
Sala Civil
Demandado:
Municipalidad Provincial de Ambo
Sentido de la sentencia:
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Normas aplicadas:
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
Constitución Política del Perú. > TITULO V: DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES >
Artículo 200 Inc. 3.- Acción de Hábeas Data
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO III: PROCESO DE AMPARO > CAPÍTULO II: Procedimiento >
Artículo 58.- Trámite de la apelación
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >
Artículo 61.- Derechos protegidos (Inc. 2)
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO PRELIMINAR >
Artículo IX.- Aplicación Supletoria e Integración
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 11.- Procedimiento
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO IV: TRANSPARENCIA SOBRE EL MANEJO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS >
Artículo 20.- Objeto
27/03/2009
El Juzgado establece que para la denegatoria de información no basta con citar una de las excepciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sino que además, la entidad debe fundamentar expresamente y por escrito cómo se aplica la excepción a la información solicitada. Asimismo, deja en claro que las remuneraciones de los servidores públicos son de acceso público y deben encontrarse en los portales web de transparencia de cada entidad pública.
Corte de origen:
Corte de Ayacucho
Instancia:
Juzgado Especializado en Derecho Constitucional de Huamanga
Demandado:
Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista
Unidad de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista
Sentido de la sentencia:
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Normas aplicadas:
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCESOS DE HÁBEAS CORPUS, AMPARO, HABEAS DATA Y CUMPLIMIENTO >
Artículo 22.- Actuación de Sentencias
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >
Artículo 65.- Normas aplicables
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 10.- Información de acceso público
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 13.- Denegatoria de acceso
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 15-B.- Excepciones al ejercicio del derecho: Información confidencial
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO IV: TRANSPARENCIA SOBRE EL MANEJO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS > CAPÍTULO I: PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE FINANZAS PÚBLICAS >
Artículo 22.- Información que deben publicar todas las Entidades de la Administración Pública
31/10/2008
Se establece que el secreto bancario busca asegurar la confidencialidad de una esfera de la vida privada de los individuos o personas jurídicas de derecho privado. En el caso de las entidades públicas la regla general es la publicidad y transparencia de la información. Por ello, de conformidad con el artículo 140º de la Ley General del Sistema Financiero (Ley Nº 26702) las operaciones bancarias activas son información pública.
Corte de origen:
Corte de Huaura
Instancia:
Sala Civil
Demandado:
Municipalidad Distrital de Huaura
Sentido de la sentencia:
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Normas aplicadas:
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO V: DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES >
Artículo 200 Inc. 3.- Acción de Hábeas Data
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >
Artículo 61.- Derechos protegidos (Inc. 1)
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 15-A.- Excepciones al ejercicio del derecho: Información reservada
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 15.- Excepciones al ejercicio del derecho
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 15-B.- Excepciones al ejercicio del derecho: Información confidencial
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 15-C.- Regulación de las excepciones
27/05/2009
El Juzgado, haciendo uso de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, señala los alcances del artículo 1º del Código Procesal Constitucional, indicando que no en todos los casos en los que haya cesado la agresión el juzgador tiene la obligación de declarar fundada la demanda, sino que ello dependerá del agravio producido al demandante, la contastación de una efectiva vulneración y la posibilidad de que ésta pueda repetirse en el futuro.
Corte de origen:
Corte de Ayacucho
Instancia:
Juzgado Especializado en Derecho Constitucional
Demandado:
Banco Agropecuario (Agrobanco)
Sentido de la sentencia:
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Normas aplicadas:
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCESOS DE HÁBEAS CORPUS, AMPARO, HABEAS DATA Y CUMPLIMIENTO >
Artículo 1.- Finalidad de los Procesos
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >
Artículo 10.- Información de acceso público
28/04/2010
Se establece que si no se alega la falta de requerimiento de información previo mediante documento de fecha cierta, conforme al artículo 62º del Código Procesal Constitucional, en la contestación de la demanda, no puede alegarse posteriormente pues se ha convalidado tácitamente el acto procesal dejando pasar el plazo para impugnarlo.
Corte de origen:
Corte de Ayacucho
Instancia:
Sala Civil
Demandado:
Municipalidad Provincial de Huamanga
Sentido de la sentencia:
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú:
Normas aplicadas:
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >
Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO III: PROCESO DE AMPARO > CAPÍTULO II: Procedimiento >
Artículo 43.- Acumulación subjetiva de oficio
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >
Artículo 62.- Requisito especial de la demanda
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO PRELIMINAR >
Artículo III.- Principios Procesales
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02/07/2004
La Corte Interamericana determina cual es el contenido del derecho al honor y cómo la vida privada y la intimidad personal tienen una esfera de protección distinta cuando se trata de funcionarios públicos.
Órgano Emisor:
Corte Interamericana de Derechos Humanos
25/02/2005
El procedimiento de acceso a datos personales públicos de México, prevé la posibilidad de que la persona cuyos datos se solicite intervenga en el proceso.
Órgano Emisor:
Corte Suprema de Justicia de la Nación de México
18/10/2005
Los partidos políticos también deben prever un procedimiento de acceso a la información pública para sus afiliados.
Órgano Emisor:
Corte Suprema de Justicia de la Nación de México
18/10/2005
El principio de publicidad y transparencia también es aplicable a los partidos políticos por ser entidades de interés público.
Órgano Emisor:
Corte Suprema de Justicia de la Nación de México
19/09/2006
La Corte Interamericana determina cual es el contenido del derecho de acceso a la información pública y su marco normativo internacional, destacando la importancia de este derecho y estableciendo que cualquier restricción al mismo debe ser necesaria en la sociedad democrática y debe respetar el principio de legalidad.
Órgano Emisor:
Corte Interamericana de Derechos Humanos
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