03143-2012-PHD/TCSentencia del Tribunal ConstitucionalResumen
El demandante solicita a la Oficina de Normalización Previsional copia de su expediente administrativo, con expresa condena de pago de costos procesales. En primera y segunda instancia se declara fundada la demanda, sin embargo se exonera el pago de costos y costas en aplicación del artículo 413° del Código Procesal Civil. El Tribunal Constitucional, revocando dicho extremo de la decisión, ordena el pago de costos procesales pues el artículo 56° del Código Procesal Constitucional establece la obligatoriedad del órgano judicial de ordenar el pago de costos procesales ante el supuesto de declararse fundada la demanda.
Ficha Técnica
![]() Expediente
Advertencia:Debido a la gran cantidad de sentencias casi idénticas contra la Oficina de Normalización Previsional o de la misma temática, hemos eliminado de la base de datos el texto completo de ésta sentencia a fin de que los usuarios obtengan mejores resultados de búsqueda. Si desea acceder al texto completo de la sentencia, puede utilizar las opciones “Fuente oficial” o “Descargable” que se encuentran en el desplegable de la Ficha Técnica. Asimismo, le recomendamos la lectura de la siguiente sentencia: EXP. N° 00181-2013-PHD/TC, 03325-2012-PHD/TC y 03238-2012-PHD/TC.
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