Búsqueda por Palabra Clave: Intimidad,Banco de datos personales de administración pública Hemos encontrado "1" coincidencias para su búsqueda:
06/05/2011
00242-2011-PHD/TC
... importar si a la fecha ya no cumplen con sus tributos, pues tal registro no constituye afectación a derecho constitucional alguno. En efecto, según el emplazado, el que la recurrente figure en la base de datos de EsSalud no constituye transgresión a su intimidad personal o familiar. Por lo demás así la recurrente no figurara registrada en EsSalud, igualmente tendría que acreditar cada año que no es beneficiaria o que se encuentra amparada por algún sistema de seguridad social. Con fecha 28 de diciembre... Etiquetas:
Demandado
Seguro Social de Salud-EsSalud
Sentido de la sentencia
Infundado
Normas aplicadas
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA > Artículo 62.- Requisito especial de la demanda
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA > Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA > Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
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